

Tratamiento Fiscal Especial de las Personas Morales con Fines Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas o Pesqueras (Sector Primario) dentro del Régimen General
Este servicio está dirigido a personas morales que realizan actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras y que tributan dentro del Régimen General de Ley, contando con un tratamiento fiscal especial previsto para el sector primario. Aplica para sociedades dedicadas a la producción, transformación o comercialización de bienes del sector primario que cumplen con los requisitos establecidos en la legislación fiscal. El correcto aprovechamiento de este tratamiento es fundamental para acceder a beneficios fiscales y cumplir adecuadamente con las obligaciones correspondientes.
A continuación, se describen las consideraciones aplicables para este tratamiento fiscal especial.
El Régimen General de Ley con tratamiento AGAPES
Un régimen que combina formalidad con beneficios fiscales estratégicos.
Este régimen permite operar con estructura, orden y beneficios fiscales específicos, aprovechando estímulos, facilidades administrativas y, en ciertos casos, exenciones parciales de ISR, siempre que se cumplan los requisitos legales aplicables.
Además, brinda certeza fiscal y control contable, facilita el acceso a apoyos y financiamiento, y permite un crecimiento ordenado y sostenible de la operación.
Consideraciones:
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Paga ISR anual del 30% sobre la utilidad (ingresos menos deducciones).
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Pagos mensuales de ISR mediante coeficiente de utilidad.
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Pagos mensuales de IVA (en su caso).
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Diversas exenciones de ISR para el cálculo anual:
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Hasta 20 veces el valor de la unidad de medida y actualización sobre ingresos propios por cada uno de los socios siempre que no exceda en su totalidad de 200 veces el valor anual de la UMA.
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Si obtiene más del 90% de sus ingresos por actividades AGAPES, puede obtener una reducción de ISR anual hasta del 30%.
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Beneficios en deducciones:
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Gastos de diésel para maquinaria agrícola.
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Adquisición de semovientes (ganado).
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Pólizas de seguro agropecuario.
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Inversiones aceleradas para ciertos activos del sector.
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Pago de sueldos a trabajadores eventuales del campo con requisitos simplificados.
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Comprobación simplificada de gastos pequeños del campo.
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Presentar contabilidad electrónica.
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Cumplir con retenciones de ISR e IVA.
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Presentar declaración informativa de operaciones con terceros DIOT.

